Uno de los grandes retos para muchas empresas en Costa Rica es entender su situación tributaria. Saber qué impuestos deben declarar, cómo hacerlo correctamente y qué consecuencias puede tener el no cumplir, es fundamental para evitar sanciones y mantener la operación saludable.
En este artículo, le explico de forma clara y directa cuáles son los principales impuestos que deben declarar las empresas, emprendedores y profesionales independientes en Costa Rica, y cómo gestionarlos de forma correcta.
1. Declaración 104: Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Desde julio de 2019, entró en vigor el IVA en Costa Rica como parte de la reforma fiscal.
¿Quién debe declararlo?
- Toda persona física o jurídica que realice una actividad económica y se encuentre sujeta al régimen de IVA, ya sea gravado, exento o no sujeto.
¿Con qué frecuencia se presenta?
- Mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente al período fiscal.
¿Qué debe incluirse?
- Ventas gravadas, exentas y no sujetas.
- Créditos fiscales por compras con IVA deducible.
- Detalle de tasas diferenciadas:
• 13% (tasa general)
• 4% (servicios de salud privada, seguros personales)
• 2% (canasta básica)
• 1% (medicinas, materias primas agrícolas, ciertos servicios regulados)
• 8% (servicios digitales transfronterizos) - Declaración de exportaciones y servicios exentos.
2. Declaración 101: Impuesto sobre la Renta
Este es el impuesto que se paga sobre las utilidades netas de la empresa o actividad lucrativa.
¿Quién debe presentarla?
- Toda persona física o jurídica con actividad económica en el país.
¿Con qué frecuencia?
- Anualmente, correspondiente al año fiscal (1 de enero al 31 de diciembre).
- Se presenta entre el 1 de enero y el 15 de marzo del año siguiente.
¿Qué incluye?
- Ingresos brutos
- Costos y gastos deducibles
- Utilidad neta
- Tarifa según tipo de contribuyente
Este impuesto permite aplicar deducciones permitidas por ley, como cargas sociales, alquileres, suministros, etc.
3. Declaración 103: Retenciones
La declaración 103 se utiliza para reportar todas las retenciones que un contribuyente efectúa a terceros en nombre de la Administración Tributaria.
¿Retenciones comunes?
- Alquileres
- Honorarios profesionales
- Dividendos
- Intereses
- Impuesto a salarios
- Dietas a miembros de juntas directivas y órganos similares
¿Quién debe presentarla?
- Cualquier empresa o entidad que realice pagos sujetos a retención, actuando como agente retenedor.
¿Con qué frecuencia?
- Mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
4. Otras declaraciones y obligaciones complementarias
Además de los impuestos principales, existen otras declaraciones que se derivan directamente de desarrollar una actividad económica formal en Costa Rica.
Algunos ejemplos:
- Declaración RTBF: Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (obligatorio para todas las personas jurídicas una vez al año).
- Impuestos municipales: según la ubicación del negocio.
- Impuesto a remesas al exterior: cuando se hacen pagos a proveedores fuera del país.
- Impuesto selectivo de consumo: para actividades o productos específicos (licores, tabaco, combustibles, etc.).
- Declaraciones informativas como la D-151: para relaciones comerciales con terceros que superan ciertos montos.
¿Qué pasa si no declaro a tiempo o con errores?
Las consecuencias pueden ser serias:
- Multas fijas por omisión o presentación tardía
- Cálculo de intereses y sanciones adicionales
- Suspensión de permisos, licitaciones o relaciones comerciales
- Riesgo de auditorías y fiscalizaciones
¿Cómo le puede ayudar KQM Servicios Contables?
En KQMCR acompañamos a nuestros clientes en todo el ciclo tributario:
- Control mensual de sus declaraciones (IVA, retenciones, renta)
- Revisión técnica y planificación fiscal
- Presentación oportuna y precisa ante la Administración Tributaria
- Representación en fiscalizaciones
- Asesoría continua para mejorar la carga fiscal sin incumplimientos
Nuestro objetivo es que nuestros clientes tengan tranquilidad y claridad, sabiendo que sus impuestos están en orden.